A las Señoras y Señores Senadores de la Nación
Honorable Cámara de Senadores
Congreso de la Nación Argentina
Asunto: Proyecto de Ley de Presupuesto 2026 – Observaciones sobre el cumplimiento de la Ley 27.614
Desde la Asociación de Arqueólogos Profesionales de la República Argentina (AAPRA) expresamos nuestra profunda preocupación y rechazo ante parte del contenido del Proyecto de Ley de Presupuesto 2026. Específicamente nos referimos al artículo 30 del proyecto de Presupuesto que, de forma directa y lesiva, afecta al financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
La Ley 27.614, sancionada en 2021 con amplio consenso parlamentario, estableció un régimen de financiamiento progresivo para la ciencia y la tecnología, con el objetivo de alcanzar una inversión del 1% del PBI en investigación y desarrollo (I+D) hacia el año 2032. Esta norma constituyó un hito central para dotar al sistema científico de previsibilidad presupuestaria, estabilidad institucional y capacidad de planificación a mediano y largo plazo.
El artículo 30 del proyecto de Presupuesto 2026, al proponer la derogación de los artículos centrales de la Ley 27.614, implica un retroceso significativo en una política de Estado estratégica y contraviene expresamente lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley 24.156 de Administración Financiera, que prohíbe de manera terminante modificar o derogar leyes sustantivas mediante una ley de Presupuesto, protegiendo así la estabilidad jurídica y la voluntad del Congreso.
El Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación demanda inversiones sostenidas en formación, infraestructura y recursos humanos. Su desarrollo depende de financiamiento continuo, equipamiento adecuado y trayectorias laborales estables para investigadores, becarios y personal de apoyo. La previsibilidad presupuestaria resulta esencial para preservar capacidades estratégicas y evitar la pérdida de recursos humanos altamente calificados formados con inversión pública.
En este escenario, el tratamiento del Presupuesto 2026 por parte del Senado reviste una relevancia institucional central. Confiamos en que esta Honorable Cámara ejercerá su función constitucional como instancia de control y resguardo del marco legal vigente y de las políticas públicas estratégicas para el desarrollo del país. Solicitamos respetuosamente que se preserve la plena vigencia de la Ley 27.614, se garantice su cumplimiento efectivo y se elimine del Proyecto de Presupuesto toda disposición que implique su derogación, modificación o desfinanciamiento, ya sea de manera directa o indirecta.
La AAPRA queda a disposición para ampliar estos fundamentos, brindar información adicional y contribuir a la construcción de una política de ciencia y tecnología sólida, previsible y sostenida en el tiempo.
Atentamente,
Comisión Directiva 2025-2027
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
26 de diciembre de 2025

